DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE en la presente demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana EDI MARITZA PEÑA YOVERA contra el ciudadano JULIAN ADELMO ARELLANO SAYAGO, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN de los documentos consignados junto al libelo de demanda, dejándose en su lugar copia certificada, una vez la parte interesada provea los emolumentos necesarios para la misma.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.