DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se abstiene de decretar la medida cautelar solicitada, SEGUNDO: Se insta a la parte actora para que consigne la certificación de datos del Vehículo, emanada del Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre (SETRA) a la mayor brevedad posible.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, San Felipe, 01 de Diciembre de 2016. Años 206° de la Independencia y 157º de la Federación. Regístrese, Publíquese.