declara: CON LUGAR la pretensión de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, interpuesta por la ciudadana María Remigia Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-823.781, representada judicialmente por la Abogado Hilda del Valle Anzola González, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-14.010.116, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 154.112; en contra de la ciudadana Elita Antonia Toyo de Acosta, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-5.287.429.
Consecuentemente, este Tribunal DECLARA la existencia de una UNIÓN ESTABLE DE HECHO entre el de cujus MIGUEL ANTONIO TOYO ARTEAGA, quien en vida fuera, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-1.256.875; y la ciudadana MARÍA REMIGIA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-823.781, la cual se inició el día primero (01) de abril de mil novecientos se.....