DISPOSITIVA
Por las razones antes expresadas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: ABSOLUTAMENTE NULO Y SIN EFECTO LEGAL ALGUNO, el
Contrato de Arrendamiento referido al local comercial objeto del litigio, contenido en el documento autenticado por ante la Notaría Pública de San Felipe del estado Yaracuy, en fecha 10 de julio de 2014, bajo el Nº 41, Tomo 149 de los Libros de Autenticaciones de esa notaría.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento y subsiguiente Desalojo (Local comercial), intentó la ciudadana EDDY MARINA PÉREZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.575.656; representada judicialmente por los abogados en ejercicio C.....