PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; en consecuencia, ténganse como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GREGORIO RUIZ, quien era venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.471.675, domiciliado en la Urbanización Carlos Sánchez, Calle Nº 07, Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, quien falleció ab-intestato el día cinco (05) de Junio del año dos mil dieciséis (2.016), según consta en acta de Defunción Nº 064, Folio 064, expedida en fecha 06 de Junio de 2016, por el Registro Civil Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida a los ciudadanos, JOSÉ GREGORIO RUIZ PEREIRA, MIGUEL ÁNGEL RUIZ PEREIRA, BERNARDA TERESA RUIZ PEREIRA Y NEIVA ROSA RUIZ DE PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros los tres primeros y casada la cuarta, titulares de las cédulas de Identidad Nro. V- 8.714.904, V-10.899.744, V-12.219.148 y Nº V- 16.604.844 en su orden, de este.....