PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de aumento de la Obligación de Manutención interpuesta por la ciudadana YSABEL CRISTINA CADENAS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.707.068, domiciliada en Tovar del estado Mérida y hábil, madre de los niños VICSABEL, CRISTIHAN VLADIMIR y MARÍA DANIELA GONZÁLEZ CADENAS, contra el ciudadano VICTOR VLADIMIR GONZALEZ.
SEGUNDO: Aumenta a la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) mensuales la pensión de manutención que debe pagar el ciudadano Víctor Vladimir González a sus hijos ya mencionados.
TERCERO: Se establecen dos bonos especiales por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) cada uno que deberán ser pagados en los meses de agosto y diciembre de cada año.