DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el artículo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana ADRIANA SUSANA ARRIETA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.110.788, quien se encuentra domiciliada en la urbanización Los Castores, calle principal, casa N° 18-30, municipio Independencia, estado Yaracuy, representado judicialmente por el abogado GILBERTO CORONA RAMIREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 65.407, en contra del ciudadano RUBEN DARIO TORRES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.432.531, quien puede ser localizado en la calle 14, entre avenidas Jos.....