DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Alfredo Eduardo Salazar y Aura Josefina Salazar de Márquez, contra la ciudadana Amal Darwich de Eldaval, por falta de pago de cánones de arrendamiento y en consecuencia, declara resuelto el contrato de arrendamiento verbal realizado entre ambas partes, en fecha 23 de mayo de 1995 y CONDENA a la demandada a hacer entrega en forma inmediata a la parte actora del inmueble o local comercial, ubicado en la carrera 4ª entre calles 4 y 5 Nº 4-46, integrante del inmueble señalado con el Nº 4-71, de la ciudad de Tovar, Municipio Tovar, Estado Mérida. Se DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, condenándose a ésta, al pago de las costas procesales. Se CONFIRMA, aunque por otras razones, la sentencia dictada por el Juzgado Subrogado de los Municipios Tovar, Zea Guaraque y Arzobispo Chacón del Estado Mérida, de fecha 2 de mayo de 2001.