En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por el ciudadano CARLOS RAMON GONZALEZ VALLES, contra la decisión dictada por el A QUO JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 06 de marzo de 2007, cursante a los folios 54 al 64 ambos inclusive.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EL FALLO dictado por el A QUO JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 06 de marzo de 2007, cursante a los folios 54 al 64 ambos inclusive.
TERCERO: SE ORDENA LA DESOCUPACION DEL INMUEBLE Y LA ENTREGA INMEDIATA a la propietaria arrendadora, libre de persona y cosas.
CUART.....