En consecuencia, por todos los fundamentos de hecho y de derecho, expuestos precedentemente, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente acción de REIVINDICACIÓN incoada por los ciudadanos LUIS CANELA ROBERT y MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, titulares de las Cédulas de Identidad números V-6.128.400 y V-3.261.070, respectivamente, representado el primero de los nombrados por los Abg. Carmen Elisa Castro González, venezolana, mayor de edad, Inpreabogado número 31631 y por el Abg. MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, Inpreabogado número 11563, quien actúa además en esta causa en su propio nombre y en defensa de sus intereses, incoada contra la ciudadana SOFIA LOURDES CAMPO, venezolana, mayor de edad, divorciada y titular de la Cédula de Identidad número V-7.919.805, asistida por la .....