Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA al ciudadano WUILKAR MANOLO RIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.480.307, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA y la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA de 14 y 11 años de edad respectivamente, como únicos y universales herederos de la cujus ITAMAR MARCHAN, quien era venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.503.979, quien falleció ab-intestato, el día 1 de mayo del año 2013, en su condición de cónyuge e hijos respectivamente; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Devuélvanse estas actuaciones en original con sus.....