este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: IMPARTIR HOMOLOGACIÓN a la Transacción Judicial que acordaron las partes litigantes en el presente juicio, que corre inserto del folio ciento uno (101) al folio ciento seis (106) de la pieza Nº 2 de este expediente signado con el Nº 2.282-16; y el Addendum a dicha Transacción Judicial, que corre inserto del folio ciento siete (107) al folio ciento nueve (109) de la pieza Nº 2 de este legajo escritural; todos suscritos por el apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano LUÍS R. GÓMEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.480.851, quien actúa en su propio nombre y como representante -sin poder- de los demás coherederos-comuneros de la sucesión ad intestato de LUÍS EVANGELISTA GÓMEZ GARRIDO; ab.....