Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos JIMÉNEZ PERAZA OSMARY YENIREE y TACOA GIMÉNEZ YHONY NICOLÁS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.892.628 y V-18.757.496 respectivamente, domiciliados en la calle Principal, casa sin número, Guayurebo, municipio Cocorote, estado Yaracuy, la primera y en el sector Simón Padilla, calle 03, casa sin número, Guayurebo, municipio Cocorote, estado Yaracuy, el segundo, debidamente asistidos por el abogado MARTÍNEZ MONTOYA JOSÉ GILBERTO, Inpreabogado N° 138.615; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entr.....