En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de los adolescentes de autos, a que se les brinde protección, afecto y educación, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana YARITZA MERCEDES HEREDIA DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.557.638, domiciliada en la Carrera 3, Sector Centro 2, casa sin número, Municipio Urachiche, estado Yaracuy, representada por la abogada en ejercicio Luisangela Lusmila Álvarez Monagas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 119.217, a favor de los adolescentes "Identidades omitidas de conformidad con lo establecido en el artículo 65.....