DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO seguido en contra del ciudadano Carlos Alfredo García Rodríguez, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 20.498.722 y residenciado en el Barrio El Cementerio Casa N° 4, a cuatro casas de la escuela Básica Buria, Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de Posesión de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el lapso de UN (01) AÑO, el cual vence el día 02 de Julio del 2008.