D E C I S I Ó N:
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaria, formulada por la Ciudadana demandante YULEDY ATAGUA PARRA en contra del ciudadano JORGE GREGORIO JIMENEZ VIVAS ambos debidamente identificados en autos, en beneficio de los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,oo) MENSUALES, monto equivalente al 23.42% del salario mínimo actual (Bs. 512.325.oo), que el Ciudadano antes mencionado deberá pasar a sus hijos, a partir del quince de octubre del dos mil seis, los cuales consignará en dinero en efectivo a la madre de los adolescentes ciudadana demandante YU.....