PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida en fecha 10 de junio de 2011, por el abogado Jesús Jordán, Procurador Especial de Trabajadores de la Región Centro Occidental, en nombre y representación del ciudadano Johan Manuel Muñoz Ávila, titular de la cédula de identidad Nº 14.997.248, en contra del Instituto Autónomo de la Salud en el Estado Yaracuy (Prosalud), representado por su Director ciudadano Alex Sánchez, por la violación de su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, consagrados en los artículos 87 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Como fórmula reestablecedora de la situación jurídica infringida, se ordena al querellado Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy (Prosalud), reenganchar de manera inmediata al ciudadano Jhoan Manuel Muñoz Avila, a su puesto de trabajo, a fin de dar cumplimiento a la providencia administrativa Nº 348/2010 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy.