Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por la ciudadana CARMEN ZULAY FERNANDEZ CORDERO, cédula de identidad N° V- 13.184.070, ya identificada, actuando en representación propia Inpreabogado N° 222.072 , contra su cónyuge, ciudadano VICTOR MANUEL RUBIO, cédula de identidad N° V- 6.220.419, SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante la Oficina de Registro Civil del municipio Bolívar, del Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº 01 de fecha 05 de febrero del 1994.
TERCERO: Remítase bajo oficio copia certificada de la presente sentencia a la Oficina de Registro Civil del municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy al Regist.....