, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Nulidad del Acta de nacimiento del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, nacido el día 01/11/2015, de nueve (09) años de edad, signada con el Nº 133, folio 133 del año 2019, tomo 1, llevados por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Bruzual parroquia Chivacoa, estado Yaracuy, en consecuencia en consecuencia se acuerda PRIMERO: la nulidad del acta de nacimiento del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido el día 01/11/2015, de nueve (09) años de edad, signada con el Nº 133, folio 133 del año 2019, tomo 1, de conformidad con lo establecido al numeral 2° del artículo 150 de la Ley Orgánica de Registro Civil, por consiguiente se extingue el contenido de la prenombrada acta de nacimiento, según lo establecido en el ar.....