DISPOSITIVA:
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Mixto en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara por votación unánime de este Tribunal Mixto:
PRIMERO: CULPABLE al ciudadano JESÚS EDECIO SALAS VERA, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.718.462, natural de Mérida Estado Mérida, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico en Aluminio, de 32 años de edad. Nacido en fecha 06-04-73, residenciado Avenida Las América Santa Bárbara Oeste, calle 2 N° 2-7, Mérida Estado Mérida, hijo de Vicente Salas (v) y Edicta de Salas (v), por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal en prejuicio de JESUS EDUARDO UZCATEGUI, LA NIÑA GLAUDIS AZUCENA CONTRERAS BELTRAN Y GUILLERMO JUAN LACLE.....