DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto ABOGADA YARELI CAROLINA NICOLIELLO MARTINEZ, quien actúa con el carácter de Fiscal Auxiliar Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. SEGUNDO: Cobrando vigencia la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que fue decretada en fase de investigación para el ciudadano HECTOR JESUS MENDOZA PEREZ, portador de la Cédula de Identidad No. 24.165.952 y así se decide. TERCERO: Se anula de oficio, decisión de fecha 16 de Diciembre de 2016, inserta a los folios 202 al 205 de la pieza II de la causa principal, dictada por el Juez que regenta dicho Tribunal Abg. Pedro Rafael Estévez, ello conforme lo señalan los artículos 174; 175 y 180 de la norma adjetiva penal y todos .....