éste tribunal de Ejecución N° 1 de conformidad con lo previsto en el Artículo 481 en concordancia con el numeral 3 del artículo 479 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, EXHORTA A LOS TRIBUNALES DE EJECUCIÓN DEL ESTADO LARA, a fin ejerza VIGILANCIA PENITENCIARIA de la penada TATIANA DEL VALLE REYES DUQUE, se remite Copia Certificada de la sentencia condenatoria y del auto de Ejecución de sentencia.
Quedaron notificadas de la presente resolución las partes presentes en la audiencia celebrada en el día de hoy en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
La Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Douglas Fuentes
El Secretario