En base a los argumentos anteriormente analizados y en conformidad con la normativa antes citada es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la cuestión previa, opuesto tipificada en el Ordinal 2° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la ilegitimidad del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio, la cual fue interpuesta por la parte demandada ANARELYS DEL VALLE RODRIGUEZ DIAZ y CARLOS ALFREDOBOLIVAR RUIZ, a través de su apoderado judicial CARLOS ALBERTO BRAVO HEREDIA, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL "BUCARE´S GRILL & MARKET, C.A, (partes debidamente identificadas en autos) en la causa que incoara el segundo de lo nombrados por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. En consecuencia, la contestación de la demanda tendrá luga.....