Con base a los razonamientos que anteceden y analizada como ha sido la solicitud Fiscal, la cual contiene todos los requisitos previstos en el artículo 219 y 220 esjudem para darle visos de legalidad, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 1 de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA la interceptación Telefónica de los números 0414-0540668 y 0414-4156847, por un tiempo de duración de treinta (30) días, utilizando los medios técnicos propios para dicha intervención, efectuándose en las instalaciones del Grupo Gaes (GRUPO ANTIEXTORSION Y SECUESTRO), ubicada en la avenida la Paz, San Felipe Estado Yaracuy , dicho acto de investigación está relacionada con la Averiguación No. H-528-871, que se sigue bajo la Dirección del Despacho Fiscal, por los Delitos de Extorsión y Secuestro, en la que aparece como victima el ciudadano PINO ATRIAS RODRIGUEZ. Se apercibe a la Re.....