"ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos: TIBURCIO CAMILO TORRES JUAREZ, venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 17-09-85, soltero, profesión indefinida, titular de la cédula de identidad N° 18.301.860, domiciliado en la avenida 8 entre calles 27 y 28 casa N° 27-36, Municipio Independencia Estado Yaracuy y MANUEL ALEXANDER CEDEÑO ARAUMA venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 24-06-88, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 20.176.512, domiciliado en la Urbanización La Ermita Nueva calle 8, casa N° 12 de color blanco, Municipio Cocorote Estado Yaracuy, Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 250 numerales 1°, 2°, 3° y el último aparte del mismo y 251 numerales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia de ello se dicta ORDEN DE APREHENSION en contra de los referidos ciudadanos y se acuerda .....