este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ALEJANDRO RODRÍGUEZ RIVERO y MARIA LUISA VASQUEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.589.929 y 10.860.006 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado ALEXIS JOSÉ CARRIZO VALECILLOS, INPREABOGADO Nº 109.302, por el matrimonio civil contraído, por ante la extinta Prefectura del Municipio Peña, estado Yaracuy, hoy Coordinación de Registro Civil del Municipio Peña, Yaritagua, estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 94 del año 1.983; en cuanto a su hija (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y.....