Este tribunal observa que fue condenado a cumplir nueve 9 meses de prisión deduciéndose que tiene detenido un 1 mes y diecisiete 17 días de la revisión se evidencia que en fecha28-06-06 se le decreto la suspensión condicional del proceso el cual le fue revocado el 23-07-08 y se ordeno su captura y es por lo que este tribunal procede a informar al penado que puede optar al beneficio de destacamento de trabajo el cual se encuentra extinguido y constatándose que no constan los requisitos exigidos por la ley es por lo que se ordena oficiar ala unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario a los fines de la practica de los estudios psicosociales y se ordena su traslado ala sede de3 dicha unidad técnica, así mismo oficiar al ministerio del interior y justicia para que expida la carta de antecedentes penaleS.