Este Tribunal conforme a los fundamentos que de seguida se explanan pasa a decidir lo siguiente: 1) En fecha 16 de Marzo de 2007, mediante resolución fundada le fue otorgada medida de protección para FIDEL PASTOR LUCENA COLMENARES, portador de la cédula de Identidad No. 16.482.583, y a su núcleo familiar, residenciado en Sabanita 4, Sector Alí Primera, Calle 5, diagonal a la Licorería Acarigua, casa No. 23, color Azul con puertas y ventanas Blancas sin rejas, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, consistente en el resguardo por medio de rondas sucesivas por los alrededores del lugar de la residencia DONDE HABITA la mencionada ciudadana Y SU NUCLEO FAMILIAR , por efectivos adscritos a la Policía de este Estado Yaracuy por espacio de 90 días prorrogables a petición de esa Unidad, y la prohibición del acercamiento del ciudadano imputado DAVID PERAZA, MARISELA PERAZA Y ALIRIO GIMENEZ, por si o a través de terceras personas, a la residencia donde habita la victima. En consec.....