administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, intentada por la ciudadana WILLIANNY MADELEYN CASTILLO TORO, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 19.162.737 y domiciliada en Las Mercedes, calle Alfonso López, Casa N° 30, Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy, actuando en representación de su hijo el niño Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, venezolano, de 3 años de edad, en contra el ciudadano CARLOS GUSTAVO LÓPEZ GIMENEZ, identificado plenamente en autos.
En consecuencia, al quedar firme el presente fallo el niño de autos se llamará y deberá tenerse como el niño Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber sido demostrada la filiación únicamente de la madre .....