ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81, 82, 83 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal acuerda lo solicitado y en consecuencia dicta MEDIDA DE PROTECCION a favor del ciudadano FRANCISCO ALEXIS PEREZ TREJO, titular de la cédula de identidad N° 15.285.312, y su grupo familiar, para lo cual se giran las respectivas instrucciones a los Funcionarios Adscrito a la Comando de la Guardia Nacional del Destacamento Nº 45 del Estado Yaracuy, a los fines de ejecutar la presente medida por medio de RONDAS SUCESIVAS por el domicilio de la mencionada víctima