Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato y se deja expresa constancia de que para este acto se encuentra presente la parte actora en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado: JOEL ANTONIO GIL QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.520.081 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 156.008, representación que consta en autos. Igualmente se deja expresa constancia que la parte demandada, las Empresas Mercantiles TRASPORTE GILPE SRL y MAYOR DE LICORES LUSO CANARIO. C.A; se encuentran presente en la persona de su Apoderado Judicial, Abogado: RUBEN RAFAEL RUMBOS GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.583.616 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 34.930, representación que igualmente consta en autos. Presente todas las partes y establecidas las reglas mínima.....