, la homologación del siguiente acuerdo por autos separados, se les informa a los ciudadanos que tienen la obligación de informar a este Tribunal, aportando los datos necesarios para la verificación como lo referente a la desocupación del inmueble de manera voluntaria hasta que este se verifique, se le informo a las partes de dicho procedimiento con todo lo cual resulta procedente en este caso HOMOLOGAR la conciliación que ocupa al Tribunal y así se establecerán el dispositivo de esta decisión de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39 y 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, se señala que el procedimiento termino y cualquier otra cosa que se derive del caso en comento solicitarlo por oficio nuevamente, es de manifestar que de una revisión exhaustiva de este expediente este Juzgado observa que inadvertidamente no homologo para su debido momento; por cuanto se realiza la homologación respectiva, en los mismos términos convenidos por l.....