En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de Autorización de viaje al Exterior, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),titular de la cedula de identidad Nº 34.872.755 , Pasaporte Venezolano Nº 171908042 viaje en compañía de su ENTRENADORA la ciudadana KELLYS YOHJANA HERNANDEZ GUEDEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 22.318.805, y portadora del pasaporte venezolano Nº 170204747 con destino a la ciudad de SAO PAULO – REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Con el siguiente itinerario: salida vía aérea el día 04-07-2024 desde el Aeropuerto In.....