ÚNICO
Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha 01 de Agosto de 2007, inserta al folio 53 y 54 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su aprobación y homologación en la misma forma convenida por ellas, y siendo que la misma pone fin a la presente causa, en virtud de la cancelación hecha por la empresa demandada por la cantidad de DIEZ MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL BOLÍVARES (Bs. 10.731.000,oo) y la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,oo) por concepto de pago de costas y costos judiciales aceptadas por la parte demandante quien manifestó no tener nada mas que reclamar por concepto alguno, y por ser ello una de las vías idóneas para dar por terminado todo proceso judicial, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara. TERMINADO EL JUICIO y ordena.....