Se declaró CON LUGAR EL PERMISO PROVISIONAL DE TREINTA (30) DÍAS para el acusadoELIS ANTONIO MARCANO, para trasladarse a la ciudad de San Félix, a control cardiovascular; de conformidad con el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se fija como condición que consigne ante el tribunal los datos del especialista tratante, así como la presentación personal de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA MARCANO VELASQUEZ, para que lo custodie durante el viaje, todo para el momento de la firma del acta compromiso donde se indicará además la fecha en que entrará en vigencia el permiso.