DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Obligación de Alimentos intentada por la ciudadana LUISA TIBISAY GUERRERO, venezolana, mayor de edad, con Cédula de Identidad N° V- 9.293.079, en representación de su hija (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), venezolana, niña, de 05 años de edad, estudiante, de este domicilio, contra el ciudadano WILMAN ANTONIO SALAZAR, venezolana, niña, de 05 años de edad, estudiante, y de este domicilio.
Vista la declaratoria con lugar de la demanda se acuerda fijar la obligación alimentaria en la cantidad de la manera siguiente: El DIECISIETE POR CIENTO (17%) mensual, lo cual equivale a la cantidad de CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS .....