imparte HOMOLOGACION a la transacción efectuada por la parte demandante, ciudadanos NELSON JOSÉ RODRÍGUEZ CUENCA y SINAHI CELINA RODRÍGUEZ CAMACARO, asistidos por la abogada en ejercicio de su profesión Zafiro Navas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.555, y la parte demandada, ciudadanos INARA SHAKIRA SIERRA DE RAMÍREZ y RAÚL EDUARDO RAMÍREZ PIÑERO, asistidos por la abogada en ejercicio de su profesión Antonieta Reyes Limonta, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 61.641, según consta de documento autenticado por ante la Notaría Pública de San Felipe del Estado Yaracuy, bajo el Nº 38, Tomo 143 de los Libros de Autenticaciones, de fecha 22 de agosto de 2011, en fecha 25 de mayo de 2010, y consignado en el expediente por diligencia de fecha 27 de septiembre de 2011, otorgándole su APROBACION, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.