este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, nacido el día 04/01/2021, de cuatro (04) años de edad, al ciudadano ENZO DANIEL TOVAR GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.795.024 domiciliada en la calle Ricauter, cruce callejón la Peñita, casa S/N Guama, municipio Sucre del estado Yaracuy, en su condición de abuelo paterno, hasta tanto se decida la presente causa. En consecuencia, el niño deberá permanecer en el hogar de la prenombrada ciudadana, quien tendrá su representación legal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal "i", 128, 396 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.
Se acuerda dos (02) juegos de copias certificadas de la presente sentencia para las partes .....