Acuerda HOMOLOGAR EL CONVENIO suscrito entre las partes en sus propios términos, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada.
En consecuencia quedó establecido que el Obligado le dejará la casa a sus hijos y semanalmente le aportará en comida lo que esté a su alcance, con la ropa, gastos escolares y medicinas igualmente aportará lo que esté a su alcance. Certifíquese dos copias de esta decisión para el archivo de este Tribunal y Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Yaracuy. Líbrese oficio, désele salida y tómese razón en el diario.-
El Juez Provisorio:
Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.
La Secretaria:
Aída Servet de Ramones.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria.
EXP. N° 285-05.