DISPOSITIVO
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Subsanada la Cuestión Previa alegada por la parte demandada, referida al ordinal 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Este tribunal por auto separado resolverá lo conducente respecto de la fijación de la fecha para la realización de la audiencia preliminar.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se condena en costas de conformidad col la parte in fine del artículo 350 del Código de Procedimiento Civil.----------------------------------------------------------------------- Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en el archivo de este despacho en su oportun.....