PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 16 de Noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena reponer la causa al estado de fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.