este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, AMANDA LINDA JIMENEZ BAZAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-8.513.475, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Urbanización Francisco de Miranda calle principal Marincito, Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy.