Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de: UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, al penado ARMANDO JOSÉ TIAMO, quien es Venezolano, de 39 años de edad, por haber nacido en Maturín Estado Monagas, en fecha 27-07-1971,, hijo de CARMEN TIAMO (V) y de ANGEL PAREDES (V), de profesión u oficio: TAXISTA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.304.038, con domicilio en : La Cruz de la Paloma, Calle Traslaca, Casa N° 03 (diagonal al antiguo estadio de Traslaca), Maturín- Estado Monagas. Teléfono: 0416-1951559; actualmente en libertad bajo una Medida Cautelar Sustitutiva de libertad. El lapso comenzará a correr una vez que dicho penado sea impuesto de la presente decisión......