Tomando en consideración las exposiciones de las partes, y por cuanto se evidencia que el ciudadano EDIXON RAFAEL ADRIANZA FERNANDEZ, Venezolano, Casado, Comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. 5.038.460, residenciado en el sector Bajo Seco, calle 64, de esta Ciudad de Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, cometido en perjuicio del ciudadano BERNARDO BENITO BOSCAN, ha incumplido con las obligaciones impuestas por este Tribunal en fecha 13 de Marzo de 2003, como lo es las presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante este Despacho, incumplimiento este que se evidencia en el Libro de Presentaciones Nro.II en la pagina 60 llevado por este Juzgado, igualmente se constató que el ciudadano probacionario antes mencionado, no presentó ningún tipo de constancia que acreditara que el mismo hubiese culminado con la escolaridad o de haber efectuado algún tipo de curso de capacitación en su profesión. En consecuencia, este Tribunal DECLARA .....