En consecuencia, queda establecido en que el Ciudadano: Elvis Piñango Rojas, fijo la cantidad de Treinta Mil Bolívares (Bs 30.000,00) Semanal, a partir del 27 de Febrero de 2006 hasta que se cumpla una nueva fecha a partir del 17 de Abril de 2006 que empezaría con un monto de Sesenta Mil bolívares (Bs. 60.000) Semanales equivalente a la cantidad de Doscientos Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 240.000) Mensuales, los cuales serán depositados en una cuenta aperturada por la Madre, ambos Padres se comprometen a cumplir en un 50% en gastos extras como vestidos, salud, Educación, Medicinas y exámenes médicos, esto corresponde al Convenimiento suscrito por las partes en la Defensorìa del Niño y del Adolescente del Municipio Peña. Y la Ciudadana: Figueredo Erika, acepta la cantidad fijada. Todo lo cual esta previsto en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en sus artículos 365 y 374. Tómese razón.
El Juez
Abg. Octavio Méndez M .....