Con base a los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
D E C L A R A:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada de autos, contenida en el ordinal 8vo del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la EXISTENCIA DE UNA CUESTION PREJUDICIAL QUE DEBE RESOLVERSE EN UN PROCESO DISTINTO, EN EL PRESENTE JUICIO DE ACCIÓN REIVINDICATORIA, seguido por la ciudadana Francisca del Carmen Rodríguez de Arismendi, contra los ciudadanos José Pantoja y Norma Gómez.
SEGUNDO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del caso.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripc.....