D E C I S I O N
En base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana:
YAJAIRA CALVETTE DE GONZALEZ, quién es Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.123.855, y de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio: Alberto Lugo Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.12.995; en consecuencia corríjase la Partida de Nacimiento N°.205, de los Libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Sucre, Guama del Estado Yaracuy, hoy Coordinación de Registro Civil del Municipio Sucre Guama del Estado Yaracuy, como por ante el Registro Principal, para el año de 1951, la cual debe ser corregid.....