REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Cuatro (04) de Julio de 2006
196° y 147°
CARMELO PIFANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 823.961, I.P.S.A. N°. 031
REFINADORA DE MAIZ VENEZOLANA, C.A. (REMAVENCA)
ASUNTO: UH12-L-2003-000003
Vista la diligencia consignada por el abogado CARMELO PIFANO, inscrito en el INPREABOGADO Nº 031, parte intimante en el asunto de intimación de Honorarios Profesionales llevados por este Tribunal bajo la nomenclatura Nº UH12-L-2003-000003, en la que expone: "Conforme lo autoriza el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DESISTO de la demanda por estimación e Intimación de Honorarios Profesionales de Abogado...", y por cuanto no es contraria a derecho dicha solicitud, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción.....