JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 04 de Julio del dos mil trece.
203º y 154º
Visto el cómputo anterior, y por cuanto del mismo se desprende que desde 15 de Octubre del dos mil doce, exclusive, fecha de la ultima actuación valida por este tribunal, folio 13 del presente expediente, fecha en la cual se libraron los recaudos de citación, así como la declaración del alguacil del Tribunal que obra al folio 16, donde devuelve los recaudos de citación de la parte demandada por falta de impulso procesal, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido CIENTO TREINTA Y SIETE (137) DÍAS DE DESPACHO, equivalentes a CINCO (05) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, .....