Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 547 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y artículo 21 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del adolescente Wigis Gabriel Jiménez Díaz por la comisión del delito Contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia.